QUÉ ES CBAM O MECANISMO DE AJUSTE EN FRONTERA
¿ Qué es y en qué consiste el mecanismo de ajuste en frontera por Fuga de Carbono ( CBAM ) ?
A medida que la UE se vuelve más ambiciosa en materia climática, pero en los países no pertenecientes a la UE prevalecen unas políticas medioambientales y climáticas menos estrictas, existe un alto riesgo de la llamada «fuga de carbono», que puede desviar las emisiones hacia fuera de Europa y socavar gravemente los esfuerzos climáticos a escala global y de la Unión Europea.
Por ello, la UE necesita un mecanismo nuevo, y verde, para la importación de bienes procedentes de fuera de la UE: un sistema que fije un precio justo al carbono emitido durante la producción y que propicie una energía más limpia en los países no pertenecientes a la UE.
La fuga de carbono se produce cuando las industrias transfieren producción contaminante a otros países con políticas climáticas menos estrictas, o cuando los productos de la UE se sustituyen por importaciones más intensivas en carbono.
En su primera fase, el CBAM se centrará en los bienes con un mayor riesgo de fuga de carbono:
Cemento, Hierro y acero, aluminio, fertilizante, hidrógeno, electricidad
¿ Cómo funcionará el CBAM ?
En virtud del Reglamento definitivo, el CBAM empezará a aplicarse de forma transitoria el 1 de octubre de 2023. Para facilitar una implantación gradual y sin contratamientos, los importadores de la UE no tendrán que realizar ningún ajuste financiero durante esa fase.
Una vez plenamente efectivo, a partir de 2026 el CBAM funcionará de la siguiente manera:
Los importadores de productos a la UE a los que les sea de aplicación el CBAM deberán adquirir los certificados correspondientes. El precio de los certificados se calculará en función del precio medio de subasta semanal de las asignaciones del RCDE UE* expresadas en € / tonelada de CO2 emitido.
1.- El importador a la UE deberá declarar antes del 31 de mayo de cada año la cantidad de productos importados a la UE el año precedente y las emisiones incorporadas a esos productos. Simultáneamente, el importador presentará el número de certificados CBAM que corresponda a la cantidad de emisiones de gases de efecto invernadero incorporadas a los productos.
2.- Si los importadores pueden demostrar, basándose en información verificada de productos de terceros países, que el precio del carbono a se ha abonado durante la producción de los bienes importados, podrá deducirse la cantidad correspondiente de su factura final.
3.- APR gestiona la presentación de sus informes trimestrales obligatorios del CBAM en el registro del portal de TAXUD durante el período transitorio, y su declaración anual a partir del año 2026.
Te recordamos que, APR gestiona la presentación de sus informes trimestrales obligatorios del CBAM en el registro del portal de TAXUD durante el período transitorio, y su declaración anual a partir de 2026.
La declaración para los importadores finalizará el 31 de enero de 2025.
Descargar Folleto Ajuste_front_carb APR
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